jueves, 22 de marzo de 2018

Lesa humanidad impune...La victoria de la guerrilla.....

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, consta de un Preámbulo y Trece Capítulos, que comprenden 128 artículos. Se hizo en Roma el 17 de Julio de 1998.
La PARTE II, se titula DE LA COMPETENCIA, LA ADMISIBILIDAD, Y EL DERECHO APLICABLE. Ahí, el artículo 5," Crímenes de la Competencia de la Corte", inciso 1 señala " La competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto.La Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto de los siguientes crímenes: ...", y en el apartado b, "Los  crímenes de lesa humanidad".
El artículo 7," Crímenes de lesa humanidad", en el inciso 1, establece que "A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por " crimen de lesa humanidad " cualquiera de los actos siguientes cuando se cometen por parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque...a) asesinato.....e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional.....k)Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten contra la integridad física o la salud mental o física.
El inciso o párrafo 2, esfecifica que "..A los efectos de párrafo 1: a) Por " ataque contra una población civil", se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1, contra una población civil, de conformidad de una política de estado o de una organización, de cometer ese ataque o para promover esa política...."
LA PARTE III, DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO PENAL, incluye al artículo 29, "Imprescriptibilidad " que indica escueta y taxativamente que " Los crímenes de la competencia de la Corte no prescribirán."
Como se acerca otro 24 de Marzo , y los radicales tendremos que soportar una nueva retahila, sobre el papel , por ejemplo del cobarde y cómplice de la dictadura Nestor Kirchner, que cometió el " heroico " acto de hacer bajar un cuadro, y vender una lucha que nunca emprendió ni abrazó, salvo por su conveniencia política, es que debemos poner algunos conceptos ya en claro.
Todos los años aludimos a la decisión de Raúl Alfonsín, de promover el juicio a las Juntas y a los Jefes Guerrilleros. La izquierda kirchnerista, herederos intelectuales e ideológicos de la soberbia armada Montonera y la vanguardia anarcotrotskista, inspirada en los asesinos del ERP, esgrimen a esta acción como consecuente con la teoría de los dos demonios, que asegura que se pretendió instalar que hubo una guerra, cuando sostienen en realidad que hubo opresores, los militares terroristas de estado, y oprimidos, los jóvenes maravillosos e idealistas, que guiaban al pueblo en su camino de liberación.
Lo que en realidad persiguen, es imputar que se esgrimió esta teoría por parte de la Conadep, al comenzar su prólogo diciendo "Durante la década del '70, la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía tanto de la extrema derecha como de la extrema izquierda..", para obtener su propia impunidad, la que hasta ahora están consiguiendo, con el agravante de una reivindicación de sus políticas y compensación económica, y su lobby internacional sobre los Organismos Internacionales de Derechos Humanos, lo que ha impedido hasta ahora que hayan sido sometidos a la justicia en virtud del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Está más que claro , que la toma de territorio en Tucumán por parte del ERP, el ataque a cuarteles militares, como Azul y Formosa, el secuestro por mas de un año del Coronel Argentino Larrabure, hechos todos ocurridos en DEMOCRACIA, en plena vigencia de la Constitución Nacional, contra los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, según lo estipula la CN, Juan Domingo Perón y María Estela Martínez de Perón, presidentes constitucionales, han sido CRIMENES DE LESA HUMANIDAD, por ser un " ataque contra una población civil", " de conformidad de una política de estado O DE UNA ORGANIZACION, de cometer ese ataque o de promover esa política..".
La poblacion civil, conducida por sus presidentes constitucionales, es el pueblo argentino, , que sufrio el ataque sistemático de una organización, para promover su política, que era la instauración de una " Revolución Socialista", en reemplazo de la Democracia Constitucional, que rigió desde el 25/05/1973, hasta el 24/03/1976.
El pueblo argentino, padeciendo, como dijo la CONADEP, al terrorismo de extrema derecha y al terrorismo de extrema izquierda, ha sido el gran derrotado, mientras que la guerrilla , vencida y ultrajada en el terreno de las armas y las acciones foquistas, ha sido la gran ganadora, por su adquirida y mantenida a lo largo de estos años.
Condenamos y repudiamos al terrorismo de estado. Es más lo juzgamos en tiempo real.
Pero también algunos radicales con la misma fuerza condenamos y repudiamos al terrorismo de extrema izquierda, cuyos crímenes de lesa humanidad están impunes, y NO PRESCRIBEN NUNCA.

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